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Ley 21.420 y la nueva patente minera: qué cambió y qué documentar

Desde 2022 la patente dejó de ser un monto único para todas las concesiones de explotación. Esta guía resume el cambio, las modificaciones posteriores y qué conviene documentar.

Orientación general, no asesoría legal. Contenido con fines informativos, elaborado a partir de las fuentes citadas al final. No es asesoría legal ni reemplaza la opinión de un abogado respecto de su caso. La normativa de patentes mineras está en cambio: confirme siempre el texto vigente.

Publicada el 30 de octubre de 2026. Fuentes revisadas el 30 de octubre de 2026. Elaborada por MPS Mining a partir de las fuentes citadas.

Qué cambió en lo esencial

Los montos y las condiciones exactas deben leerse en el texto consolidado vigente: han cambiado dos veces en poco tiempo y hay otro proyecto en trámite.

  • La Ley 21.420 (2022) incrementó el valor de las patentes mineras.
  • Estableció, en el art. 142 bis del Código de Minería, una patente progresiva para las concesiones de explotación que no acrediten labores mineras: mientras más tiempo sin acreditar, mayor el cobro.
  • La Ley 21.649, publicada el 30 de diciembre de 2023, modificó el Código y la Ley 21.420, incluyendo el sistema de patentes (arts. 142 bis y 142 ter), requisitos de prórroga y la eliminación de la manifestación por vista.

La patente rebajada y la acreditación

Las fuentes consultadas indican que los titulares de concesiones de explotación que acreditan labores o actividad pueden optar a una patente rebajada de 1/10 UTM por hectárea, en lugar de la tarifa superior. El Servicio (Sernageomin) publica resoluciones con los resultados de las postulaciones; vea la resolución del 2 de diciembre de 2024 citada abajo como ejemplo del procedimiento.

Las vías para acreditar están definidas en la ley y su reglamento, e incluyen información geológica certificada por Sernageomin, entre otras. No describimos aquí cada hipótesis para no inducir a error: revise el reglamento vigente o consulte a un abogado.

Lo que está en trámite

Según la prensa especializada del 8 de octubre de 2026, el Senado aprobó en particular un proyecto que elimina el cobro progresivo, fija 0,4 UTM por hectárea para pertenencias inactivas y 0,1 UTM por hectárea para quienes acrediten labores, amplía criterios de acceso al beneficio y actualiza el procedimiento de remate. Pasó a tercer trámite en la Cámara de Diputados. Es un proyecto: no está vigente mientras no se publique como ley.

Qué documentar desde hoy, sin esperar la reforma

  • Un expediente por concesión con las pruebas de labores o actividad que tenga (contratos, informes, planos, facturas, fotografías con fecha).
  • El historial de pagos de patente de cada período.
  • Información geológica o técnica que pueda certificarse ante Sernageomin.
  • Una tabla con la fecha desde la cual no hay labores acreditadas en cada concesión de explotación, porque en el régimen progresivo el tiempo cuenta.
  • Responsable y fecha límite interna para cada postulación o acreditación.

Cómo afecta según el tamaño de su cartera

Con una o pocas concesiones, el trabajo es acreditar y pagar a tiempo. Con carteras grandes, el desafío es decidir cuáles conviene mantener y cuáles liberar según su costo, algo que debe evaluarse con el valor vigente de la patente y con asesoría legal y técnica.

Fuentes

Preguntas frecuentes

¿Qué es la patente progresiva?

Es el cobro creciente del art. 142 bis para concesiones de explotación que no acreditan labores mineras. El proyecto aprobado en el Senado en octubre de 2026 propone eliminarlo, pero aún no es ley.

¿Cómo acredito labores?

Hay vías definidas en la ley y el reglamento, como información geológica certificada por Sernageomin. Revise el reglamento vigente o consulte a un abogado; no hay una vía única.

¿Hay un plazo para postular a la patente rebajada?

Existen períodos de postulación fijados por el Servicio. Un resumen de prensa indicó que para el período 2027 estuvo abierto entre el 1 de abril y el 31 de julio de 2026; confirme las fechas en Sernageomin.

¿Esta guía reemplaza una asesoría?

No. Es orientación general. Las decisiones sobre su cartera deben apoyarse en el texto vigente y en un abogado habilitado.

¿Necesita aplicarlo a su caso?

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